SOLICITUD EXTRAORDINARIA.

Periodo extraordinario de admisión: a partir del 1 de julio de 2021. Solicitud extraordinaria.





- Cumplimentación ‘on-line’ y entrega presencial.
- Cumplimentación y entrega telemática.

Periodo extraordinario de admisión:

La solicitud para participar en el proceso extraordinario de admisión de alumnos podrá obtenerse a través de internet y solo se podrá solicitar un centro por cada solicitud.

* Presentación de solicitudes:

La solicitud de admisión se cumplimentará y entregará preferentemente de forma telemática desde el siguiente enlace. A través de certificado digital,  o sistema de identificación electrónica cl@ve, a través de un registro en el sistema informático o a través de la validación de credenciales de la aplicación Roble/Raíces. 

En aquellos casos en los que no sea posible presentar la solicitud de admisión por vía telemática, se podrá cumplimentar de forma manual u online en el siguiente enlace y entregar de forma presencial en el centro 


La solicitud será cumplimentada por ambos padres, madres representantes legales del alumno, salvo si se acredita la imposibilidad de hacerlo o alguno de ellos no ostenta la patria potestad.

En los municipios en los que exista oferta de Escuelas Infantiles y de Casas de Niños se realizarán dos procesos de admisión diferenciados: uno para Escuelas Infantiles y otro para Casas de Niños. Las familias que deseen optar a plaza en ambos tipos de centro deberán presentar una solicitud para Escuela Infantil y otra para Casa de Niños.

En Escuelas Infantiles con unidades de Casa de Niños integradas, las familias que opten por solicitar plaza en las dos modalidades deberán entregar una solicitud para la plaza de Escuela Infantil y otra solicitud para la plaza de Casa de Niños.

Las solicitudes que pudieran corresponder al alumnado con necesidades educativas especiales, que excepcionalmente se entreguen en la Escuela Infantil, serán remitidas, a medida que vayan siendo recibidas, al EAT para su valoración y, en su caso, remisión al Servicio de Apoyo a la Escolarización de alumnos con necesidades educativas especiales correspondiente.

Los alumnos ya escolarizados en un centro sostenido con fondos públicos podrán presentar solicitud de admisión para otro centro distinto, manteniéndose su plaza mientras no obtengan plaza en otro centro. El derecho de reserva del alumno decaerá en el momento en que formalice la matrícula en el nuevo centro.


http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=CM_ConvocaPrestac_FA&cid=1354864890959&definicion=Ofertas+Formacion&language=es&pagename=ComunidadMadrid%2FEstructura&pid=1109265444835&segmento=1&tipoServicio=CM_ConvocaPrestac_FA

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